El Vicario General es el sacerdote nombrado por el Obispo para ayudarlo en sus tareas pastorales, por lo que tiene potestad ordinaria ejecutiva vicaria en toda la Diócesis. Es, por tanto, Ordinario de lugar; es decir, por derecho canónico, tiene las potestades del Obispo para realizar cualquier tipo de actos administrativos, salvo aquellos que el Obispo se hubiese reservado o que exijan un mandato especial. Esta facultad del vicario general lo posiciona para ayudar al Obispo en sus tareas pastorales y hacerlo presente, sobre todo cuando, por tiempo y por la extensión territorial de la Diócesis, no puede cumplirlas todas.

Es también nombrado por el Obispo para el oficio de Moderador de la Curia, es quien coordina, bajo la autoridad y según las indicaciones del Obispo, la actividad de las Vicarías Episcopales, Delegaciones y organismos que constituyen la Curia diocesana, y  cuidar de que todo el personal de la Curia cumpla debidamente sus respectivas actividades.